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| Descripción | La parcelación urbanística es la división de parcelas en lotes o porciones para su edificación o urbanización simultánea o sucesiva; de conformidad con las determinaciones del PXOU. |
| Documentación necesaria | Ver documento adjunto al impreso de solicitude. Además, deberá acompañar el justificante de pago de los tributos correspondientes.
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| Notas para el ciudadano | En las segregaciones de parcela deberá presentarse justificación de la causa que la motiva según lo dispuesto en el art. 206 de la Ley 9/02 con las modificaciones contenidas en el artículo 6.4 de la Ley 15/2004, de 29 de deciembre, de modificación de la Ley 9/2002 de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia. La segregación de parcelas es, también, la división de parcelas de suelo rústico en lotes o porciones con alguna finalidad de las previstas en artículo 206 de la Ley 9/02 de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, con las modificaciones contenidas en el artículo 6.4 de la Ley 15/2004, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley 9/2002 de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia. En todo caso, se respectará la superficie mínima e indivisible que determine la legislación agraria (2.000 m2). Las agrupaciones de parcelas no son un acto necesitado de licencia urbanística, excepto en aquellos supuestos que sea simultáneo a la parcelación o segregación de fincas. La solicitud debe presentarse en modelo normalizado. En ningún caso se podrá tramitar esta solicitud sin cumplimentar: 1. Campo de la Referencia catastral (RC), que figura en el recibo del Impuesto sobre bienes inmuebles. 2. Campo de Número de documento de ingreso, que es el número que identifica el justificante de ingreso de los tributos municipales y que deberá realizar previamente a la presentación de esta solicitud. • En el supuesto de que la liquidación la realice en la Oficina de Atención al Contribuyente, será el número de recibo (NR) que aparece en el justificante de ingreso. • En el supuesto de que la liquidación la realice a través de la web del Ayuntamiento, será el número de expediente que aparece en el justificante de ingreso. |
| Información sobre el coste | Antes da presentación da solicitude de licenza de parcelación/segregación/agrupación deberá pagar los siguientes tributos municipales:
Ordenanzas fiscales municipales: - Ordenanza fiscal 3.09 reguladora de la tasa por las licencias urbanísticas |
| Se solicita |
Atención a la ciudadanía
Dirección: Rúa Presidente Salvador Allende, 4 baixo
Tel.: 981 543 128 Fax: 981 543 129 Correo: Contactar con Ayuntamiento Horario: de lunes a viernes (excepto festivos), de 9:00 a 14:00 h. |
| Se presenta | Rexistro Auxiliar de Urbanismo
Enderezo: Pazo de Raxoi. Praza do Obradoiro, 1-2º
Tel.: 981 542 420 Rexistro Xeral Enderezo: Rúa Presidente Salvador Allende, 4 baixo. Tel.: 981 543 122 Fax: 981 543 133 Horario: De luns a sábados (agás festivos), de 9:00 a 14:00 horas. Outros rexistros auxiliares: Tel.: 981 543 001 Tel.: 981 542 493 Fax: 981 542 492 Horario dos rexistros auxiliares: De luns a venres (agás festivos), de 9:00 a 14:00 h. Os días 24 e 31 de decembro, aínda que son hábiles a efectos de cómputo de prazos, non abrirán as oficinas municipais, agás a oficina do Rexistro Xeral. • Asemade poderán presentarse en calquera dos lugares indicados no artigo 38.4 da Lei 30/1992 de Réxime Xurídico das Administracións Públicas e do Procedemento Administrativo Común, modificada pola Lei 4/1999, de 13 de xaneiro. |
| Se tramita | Servicios urbanísticos: licencias de obras
Dirección: Praza do Obradoiro, 1-2º andar
Tel.: 981 542 420 Fax: 981 542 430 Horario: El personal técnico atiende al público previa cita (teléfono: 981 542 420). |
| Formularios. Es necesario imprimirlos y cubrirlos por duplicado. |